Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha nueve de diciembre del 2016, presentada por la ciudadana LUCIA MARIA MARTINEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad No. V- 19.736.610, domiciliada en el Municipio Maracaibo estado Zulia, asistida por el abogado en ejercicio ABEL GARCIA, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 282.359, en contra del ciudadano HUMBERTO JOSE VARGAS MORALES, titular de la cedula de identidad No. V- 19.890.316 de este domicilio.- En consecuencia, se declara disuelto en divorcio el vinculo matrimonial que contrajeran .....