Ahora bien, como quiera que en la presente causa se aperturó la recepción de pruebas, oyéndose los testimonios de los funcionarios aprehensores y las víctimas, quienes fueron contestes en sus declaraciones en señalar al acusado de autos como la persona que participó en los hechos y que posteriormente fue aprehendida por los funcionarios actuantes por el señalamiento de las víctimas, y si bien es cierto, este Tribunal, en ningún momento, emitió pronunciamiento al fondo del asunto en cuestión, mas sin embargo dada la importancia de estos testimonios, pudiese verse afectada eventualmente en un futuro mi imparcialidad en la apreciación y valoración de esta prueba, de iniciarse nuevamente ante este Tribunal la Audiencia Oral del Juicio, en razón a ello y a los fines de no afectar el debido proceso y los derechos fundamentales de los intervinientes, es por lo que procedo a INHIBIRME de seguir conociendo la presente causa, seguida al ciuda.....