PRIMERO: declara Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública Quincuagésima Novena (59°) Penal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana Abogada Moira Aseret Vieira, Defensora del Penado Jonel José Chacón Vides, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 22 de febrero de 2011; y, SEGUNDO: declara la Nulidad Absoluta, de la Decisión Recurrida, emanada del Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 22 de febrero de 2011, mediante la cual negó la solicitud de Reforma del Cómputo de Pena al ciudadano Jonel José Chacón Vides, de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 191, ambos del Código Adjetivo Penal. Y, por vía consecuencial, Ordena la Reposición de la presente Causa al estado en que otro Tribu.....