1. Se ADMITE PROVISIONALMENTE el recurso contencioso tributario con solicitud de amparo cautelar, interpuesto por los abogados Leonardo Palacios y Juan Korody, inscritos en el Instituto de Previsión Social para el Abogado bajo los números 22.646 y 112.054 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de CERVECERIA POLAR, C.A, con domicilio procesal en la Calle Londres, edificio IUS, piso 3, oficina 3-1, Urbanización Las Mercedes, Caracas Distrito Capital, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y estado Miranda, el 14 de marzo de 1941, bajo el n° 323, tomo 1 y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) n° J-00006372-9, contra el acto administrativo contenido en la Resolución S/N° de 17 de enero de 2014, emanada del Servicio Tributario de Aragua (SETA), mediante el cual declara inadmisible el recurso jerárquico de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 y 3 del artículo 250 del Código O.....