El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente demanda de PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS, presentada por los abogados RAFAEL PEROSO, ELBINA LOPEZ y LUIS GUILLERMO NOSSA RODRÍGUEZ, Inpreabogado Nros. 226.570, 177.372 y 153.075, asistiendo como consultores a la COMUNA GAYONES DEL CERCADO, , constituida el 07 de octubre del año 2014, según consta en el certificado N° MPPCYPS-COMUNA/0001079, autenticado en el órgano rector según registro N° 13-03-0029, Letra B, considerando que los Tribunales competentes para conocer del presente asunto, son los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO LARA; en tal sentido declina la competencia a dichos Tribunales de Primera Instancia, de conform.....