Este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 07 de junio de 2005, por el abogado JOSE CERMEÑO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 02 de junio de 2005. En consecuencia, se ORDENA a la instancia proseguir únicamente con la notificación del tercero Inversiones Savil C.A.
Queda así MODIFICADO la sentencia recurrida.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístre.....