En la presente demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo dictó sentencia mediante la cual declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad;CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta; LA NULIDAD PARCIAL de los actos administrativos dictados por el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) en fecha 6 de octubre de 2010, mediante los cuales, se les otorgó el registro de la marca "ECOMURO" a la sociedad mercantil Ecogreen Construcciones, C.A;NULOS los registros S046678, S046679, S046680, P305951, N051119, P305952, P305953 y S046706 correspondientes a la marca denominativa "Ecomuro", a favor de la sociedad mercantil Ecogreen Construcciones, C.A.