DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:.Sin lugar la falta de competencia alegada por la demandada INPARK DRILLING FLUIDS, S.A, en consecuencia este tribunal declara su competencia
SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD de la sociedad mercantil MERCANTIL SEGUROS, C.A., para sostener la presente demanda
TERCERO : CON LUGAR la demanda de BENEFICIOS SOCIALES incoada por el ciudadano EMIRO ANTONIO URDANETA MONTIEL, en contra de la demandada INPARK DRILLING FLUIDS, S.A., todos plenamente identificadas en las actas procésales.
CUARTO SE CONDENA A PAGAR A LA ENTIDAD DE Trabajo INPARK DRILLING FLUIDS, S.....