Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado JAIME MARCELO CRISTIAN RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante contra el auto de fecha en fecha 10 de abril de 2018, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme las determinaciones señaladas ut supra.
SEGUNDO: CON LUGAR la ADHESIÓN al recurso de apelación, ejercido por el abogado MOISES GUIDON GALLEGO, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano TOMAS KEPETS HARTMAN, en su condición de heredero del de cujus ROBERTO KEPETS HARTMAN, parte deman.....