En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada en la presente causa, por la abogada Xiomara Mendoza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 78.936, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Leyda Raquel Martínez Reyes, parte demandada; por otra, el ciudadano Roger Alexander Vizcaya Arteaga, titular de la cédula de identidad Nº 11.879.289, en su condición de tercero interviniente, asistido por la abogada Analiesse Alvarado, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 80.358, y finalmente, la abogada Elianny Romano Cuicas, inscrita 92.384, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento.....