Por todos los Razonamientos de Hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, administrando justicia, En Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta, la Extinción de la pena de QUINCE (15) AÑOS Y DIECISEIS (16) DÍAS de presidio, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto en los artículos artículo 408 y 278 del Código Penal, que le fuera impuesta al ciudadano GREGORIO DALERIANO FARIAS URBANO, quien es venezolano, Natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 03-09-1972, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.244.402 ...