Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN Y, EN CONSECUENCIA, EXTINGUIDA LA ACCION EN RAZÓN DE LA FALTA DE INTERES PROCESAL EVIDENCIADA A LOS AUTOS, en la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana LIBIA COROMOTO GODOY JUSTO, debidamente identificada en el encabezado del presente fallo.
En virtud de la especial naturaleza de la presente Decisión, no hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Caracas, dos (02) días del mes de diciembre de dos mil quince (2.015) Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ,
.....