Este Tribunal Unipersonal de Juicio Nº 1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley ABSUELVE al ciudadano, DAVID ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, ampliamente identificado supra, del delito de DIFAMACION previsto y sancionado en el artículo 444 del Código Penal y por el cual le fue formulada la Acusación Privada por parte del Ciudadano JOSE GUILLERMO MENDOZA FERNANDEZ, asistido por el abogado Jesús Gregorio Hernández Sánchez, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. La parte dispositiva del presente fallo fue leída en la Audiencia del Juicio oral y público, en presencia de las partes, con lo que quedaron debidamente notificados, según lo pautado en los artículos 175, 364,365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal, llenándose los requisitos de los artículos 368 y 379 ejusdem. Librense los oficios correspondientes.-
De conformidad con lo previsto en él articulo 26 de la .....