Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda cobro de diferencias de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano ANDRES OMAR ALDANA PINEDA venezolano, titular de las cedula de identidad 1ro. V- 11.260.506, y representado por su apoderada judicial abogada, DESY MUNOZ ORTEGA, debidamente inscrita en el I.P.S.A con el Nº 36.49, en contra de la empresa PRODUCTOS KERRY C. A como consecuencia de ello la extinción del proceso ordenándose así el archivo oportuno del expediente y la remisión del mismo al Depósito de Expediente del Archivo Judicial Regional.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediaci.....