Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO; CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el defensor privado, Hinmel González, contra la decisión de fecha 15-06-2010 dictada por el Tribunal Tercero de Primero Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, donde solicitó la aplicación del Principio de Proporcionalidad para el Ciudadano: FREDDY JAVIER CABRERA RICO. SEGUNDO: ANULA LA DECISIÓN de fecha 15-06-2010, de conformidad con el artículo 173 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO. Se ordena la celebración de una nueva audiencia de prórroga, de acuerdo a las facultades y discrecionalidades de un juez distinto al que dicto el presente fallo para que proceda de inmediato a resolver el petitorio de la defensa privada, en los términos expresados en la ley, prescindiendo del vicio advertido por esta Alzad.....