PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MERYGREG NOGUERA, en su carácter de parte demandante, contra la decisión de fecha 13 de Junio de 2006, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia el lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró laperención de la instancia.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha trece de Junio de dos mil seis (2006).
TERCERO: SE ORDENA reposición de la causa al estado de iniciar el lapso para la contestación de la demanda, una vez recibido el presente expediente por el Tribunal de la causa.
CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, por haber sido dictada fuera del lapso legal, conforme a lo previsto en el Artículo 251 del Código.....