Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la perención y en consecuencia extinguido el proceso en la demanda por Prescripción Adquisitiva, interpuesta por el ciudadano Wilfredo Ramón Sandoval, contra los ciudadanos Acacio de Almeida Santos, José Augusto Marques Dos Santos, y Fernando Augusto Marques Dos Santos. Notifíquese a las partes de la presente decisión mediante boleta electrónica, o dejada por el alguacil de conformidad con lo señalado en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, a los 03 días del mes de abril de 2024, siendo las 02: 00 de la tarde. Años 213º.....