Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en el juicio por Nulidad de la Providencia Administrativa N° 080/2021 de fecha 02 de agosto de 2021, relacionado con el expediente administrativo N° 027-2020-01-01495, dictada por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este Caracas, Municipio Libertador, incoado por el ciudadano THOMAS OHSE, en virtud de la diligencia de fecha 26 de marzo de 2024, suscrita por el apoderado judicial de la parte recurrente.. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión y ente demandado. TERCERO: No se ordena la notificación de la Procuraduría General de la Republica, en virtud que la presente decisión, no obra con.....