Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana, JACQUELINE JOSEFINA PAEZ OLIVEIRA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.785.670, y en tal sentido ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: en el acta de nacimiento de la solicitante, expedida por La Oficina de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, acta Nro. 1830, de fecha 09 de octubre de 1976: En los datos relativos al nombre de la madre de la solicitante la ciudadana GRACIA JOSEFINA OLIVEIRA DE PAEZ, se colocó "GRACIELA JOSEFINA OLIVEIRA DE PAEZ" siendo lo correcto "GRACIA JOSEFINA OLIVEIRA DE PAEZ" como real y legalmente corresponde.
En consecuencia, se ordena oficiar lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registro Principal del Distrito Capital, y anéxese a las mismas copias cer.....