Visto el oficio Nº G.L.-C.A.L.Nº 1108, de fecha 25 de junio de 2009, de la Procuraduría General de la República, Gerencia General de Litigio, mediante el cual solicita un pronunciamiento con respecto a los honorarios profesionales estimados por el experto contable, Lic. Cosme Parra, ello con fundamento en las normas que eximen a la República de la condenatoria en costas allí citadas, así como las decisiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 172 de fecha 18 de febrero de 2004, y Nº 156 de fecha 02 de febrero de 2006; y, solicita reponer la causa al estado de dictar nuevo auto de ejecución voluntaria de la sentencia, únicamente por el monto que se le adeuda a la parte actora, este Tribunal para proveer sobre lo solicitado observa:
El privilegio legal que exime a la República de ser condenada en costas al resultar perdidosa en un litigio no la exime de pagar los gastos que se hayan causado en los auxiliares de justicia que por su causa hayan intervenido en.....