En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en primera instancia el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el abogado Gorki Ignacio Dam Barcelo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº bajo el Nº 68.394, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NILDA ZULEIMA AGÜERO DE ALVARADO, CANDIDA ROSA COLMENAREZ MENDOZA, BELKIS COROMOTO DÍAZ DE SÁNCHEZ, NUBIA DEL CARMEN GIL LUCENA, GREGORIANA DEL CARMEN GODOY DOMÍNGUEZ, ROSA DEL CARMEN OVIEDO YÉPEZ, NELLYS MILAGRO PIÑA DE ALVARADO, CARMEN CELINA PARGAS LUCENA, JOSÉ DE LOS SANTOS QUERO GALLARDO, NOHELYS COROMOTO QUERO SANGRONIS, LUZ DE FÁTIMA RIVERO RODRÍGUEZ, SAÚL ANTONIO SANTOS U.....