Se dictó y publicó decisión mediante la cual este JS de la CSCA ESTIMÓ que la competencia para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad mercantil MIKRO 760 S.A., contra "el Decreto EFLV- Nº002-2017, dictado por el ciudadano Erik Fidel Lovera Varguillas, Alcalde MUNICIPIO PAZ CASTILLO DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA en fecha 29 de diciembre de 2017, notificado y ejecutado contra nuestra representada en la misma fecha", le correspondería a los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; se ORDENÓ la remisión del presente expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines que dicte la decisión correspondiente.