Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INJUSTIFICADO EL DESPIDO, y en consecuencia, CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ZARETH TORRES contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de Ministerio de Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, estabilidad laboral. Se condena al demandado al reenganche de la accionante a su mismo puesto de trabajo Promotor Social con el pago de los salarios caídos a razón de Bs. 155,00 diarios, calculado desde la fecha de notificación de la parte demandada en este juicio, hasta la efectiva reincorporación del demandante, excluyendo de dicho lapso el tiempo en que la causa haya estado paralizada por causas ajenas no imputables al demandado.
SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte demandada