Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN, ejercida por la parte accionada contra la sentencia dictada en fecha 7 de Febrero de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Término y de la Prórroga Legal incoada por el ciudadano JOSÉ ANDRÉS NÚÑEZ CHACÍN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.720.885 contra el ciudadano JOSÉ LAMAS AGRAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad.....