Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la pretensión interdictal contenida en la querella incoada por la ciudadana BEATRIZ DEL VALLE DIAZ MENDOZA contra las ciudadanas MARIA EUGENIA CÁRDENAS, ALEXAMAR FIGUEROA CARDENAS, Y MARIATHLEX FIGUEROA CARDENA. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.