III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con lugar la solicitud de rectificación de acta de nacimiento presentada por el abogado Elio Gerardo Soto Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo la matricula número 188.011, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Alejandro Kerese Sánchez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad nº V-3.967.545; en tal sentido, se ordena rectificar el error e inexactitud en que se incurrió al inscribirse el acta n° 341 de fecha 30 de enero de 1953, en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: .....