DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Filippo Tortorici Sambito, inscrito en el I.P.S.A. bajo matrícula Nro. 45.954, en su carácter de apoderado judicial del codemandado RAMON ALEXANDER ESCOBAR LUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.207.631, contra la sentencia interlocutoria de fecha 15 de mayo dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente expuesto se ordena al referido a quo dé cumplimiento con lo ordenado por esta alzada en sentencia de fecha ocho (08) de abril del 20.....