V
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, sociedades de comercio UNIDAD DE IMÁGENES LOS COLORADOS C.A. y CLÍNICA LOS COLORADOS C.A.; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 3 de mayo de 2022 por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró la perención de la instancia; TERCERO: SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de obligación de hacer interpuesta por la sociedad de comercio UNIDAD DE IMÁGENES LOS COLORADOS C.A. en contra de la sociedad de comercio CLÍNICA LOS COLORADO.....