este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE: medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano DANIEL ALEJANDRO SERJAL FREITES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.084.379, en su carácter de Presidente de la Sociedad de Comercio PROCESADORA DE ALIMENTOS SERJAL, C.A.
2. ORDENA a cualquier ciudadano o persona, así como a cualquier entidad u órgano de ABSTENERSE de obstruir el acceso a las instalaciones del INSTITUTO AUTONOMO MATADERO MUNICIPAL DE TINAQUILLO DEL ESTADO COJEDES (INSAMAMUTI) a la Sociedad de Comercio PROCESADORA DE ALIMENTOS SERJAL, C.A, así como impedir el libre desarrollo de la actividad económica que viene ejecutando ésta en el referido INSTITUTO AUTONOMO MATADERO MUNIC.....