este Tribunal de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, ejecuta el sobreseimiento de la causa en virtud de lo decidido en el Tribunal de Control, solicitado por el Representante del Ministerio Público.