Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01 de octubre de 2012, por el abogado ROBERTO HERNANDEZ BAZAN, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS EMIRO APONTE, contra la sentencia interlocutoria dictada el 27 de septiembre de 2012, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- LA PERENCION DE LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio por DAÑOS MATERIALES Y LUCRO CESANTE, intentado por el ciudadano LUIS EMIRO APONTE, contra la sociedad de comercio TRANSPORTE FRATERNIDAD, C.A., ahora SERVICIOS AUTOMOTORES FRATERNIDAD, C.A.
Queda así CONFIRMADA la.....