Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, declara; INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario subsidiario al jerárquico debido a que el presente poder no esta otorgado de forma legal y es insuficiente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 del artículo 273 del Código Orgánico Tributario, el Recurso Contencioso Tributario subsidiario al Jerárquico interpuesto en fecha 13 de septiembre de 2013 por los ciudadanos Luís Hidalgo Villanueva y Carlos Gustavo Guedez, titulares de la cedula de identidad Nº 16.401.240 y 17.257.718 respectivamente, actuando en carácter de Representantes Legales de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y SEGURIDAD ORGANIZADA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo en fecha 07 de octubre de 1992, bajo el Nº 62, Tomo 2-A e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-30058269-8, con domicilio fiscal en la Calle119 Casa Nro 104-56 urbanización Agua Blanca, Valenci.....