SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los abogados JOSÉ DANIEL CORREIA y ANDREINA CERIMAR GARZARO GONZALEZ, en su carácter de apoderados judiciales de las ciudadanas EVORA CAROLINA CLEMENTE SULBARAN, LIUBA CLEMENTE SULBARAN y MADIA CLEMENTE SULBARAN, en contra del auto de fecha 3 de noviembre de 2015 dictado por el Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual oyó en un sólo efecto la apelación ejercida por la representación judicial de la hoy recurrente, contra el auto de fecha 19 de octubre de 2015 que negó el recurso de regulación de competencia planteado por dicha representación judicial, en el juicio por DESALOJO, incoado por las sociedades mercantiles CLEMENT, C.A. y PROMOCIONES INTOOTAL, C.A. contra la sociedad mercantil ORGANIZACIÓN MAZVA, C.A.