Por todos los argumentos antes presentados, este Tribunal de Control No. 01, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION FISCAL, así como los medios probatorios por ser lícitos, necesarios y pertinentes para el Juicio Oral y Público en contra del acusado ORLANDO ANTONIO SUAREZ CUICAS, ya identificado, ampliamente identificado, por el delito por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER GRAVE, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JHON ISAZA GARCIA. En consecuencia se ACUERDA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO.
SEGUNDO: Se Admiten las Pruebas presentadas por el Ministerio Público y la Defensa, todo de conformidad con el artículo 330 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se mantiene la Libertad Plena del acusado.
CUARTO En cuanto a la solicitud de SOBRESEIMIENTO solicita por la Defensa este Tribunal.....