DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: La Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusados JOSE ALFONZO ASUAJE SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.070.857, y REINALDO ANTONIO SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.070.859; por el lapso de CUATRO (04) MESES Y QUINCE DIAS, a partir de la presentación por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, así mismo le impone las siguientes condiciones: Residir en la dirección aportada al Tribunal y cualquier cambio de domicilio deberá aportarlo al Tribunal, Mantenerse en un trabajo estable y para ello consignar constancia de trabajo, asi como el deber d.....