Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la conciliación celebrada entre la ciudadana Omaira Josefina Limpio Bolivar, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 72.024, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora y el ciudadano Alvaro Martin Ceballos Diaz, en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por la abogada Veriuska Yurana Granado Rugeles, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 212.267, durante la audiencia de mediación llevada a cabo en fecha 02/03/2016 y acuerda proceder como en caso de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 103 de la Ley para la.....