este Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de juicio en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Una vez conste en autos el pago de los honorarios convenidos, se ordenará el cierre y archivo del expediente. Déjese copia de la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.-