Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Dr. CESAR DOMINGUEZ AGOSTINI, en su carácter de Juez Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En cumplimiento a la sentencia con carácter vinculante, de fecha 23 de noviembre de 2010, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, Exp.Nº 08-1497, notifíquese de la presente decisión al Juez Inhibido, Dr. César Domínguez Agostini, así como al Juez que haya correspondido el conocimiento de la causa principal.
Remítase el expediente al Juzgado correspondiente en su oportunidad.
Publíquese, regístrese y de conformida.....