Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00085-21, Expediente N° 023-2020-01-00787, de fecha 25 de junio de 2021, emanada la Inspectoría del Trabajo en el Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS incoada por la ciudadana ZAIRA MARGARITA MARTINEZ ALVARADO, en contra de la entidad de trabajo INVERSIONES INMOBILIARIAS IAR 1997, C.A. (HOTEL MELIA CARACAS). SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO: No hay co.....