, razones por la que ADMITE dicho Recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario.
Con respecto a la solicitud de suspensión de los efectos intentada por la contribuyente conjuntamente con su escrito de nulidad; observa este juzgador que la recurrente de forma sucinta invoca el contenido del artículo 263 del Código Orgánico Tributario vigente, sin aportar elementos probatorios que hagan presumir la comprobación de los requisitos de procedencia, limitándose a indicar "A tenor de lo estatuido en el articulo 263 del Código Orgánico Tributario, en nombre de la sociedad mercantil PREMIER DE VENEZUELA, C.A., solicito se acuerde la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado, en vista de que su eventual ejecución por parte de la Administración Tributaria podría causar graves perjuicios al sujeto pasivo, en virtud del monto en multas que asciende a la cantidad de VEINTIOCHO .....