De una revisión del contenido del presente expediente, se constata que el recurrente en amparo no ha instado el procedimiento desde hace más de cuatro (04) años, lo que denota una perdida del interés, razón por la cual este tribunal ordena su notificación a los fines de que informe en un lapso de tres días (03) siguientes a la constancia en autos de la misma, si se encuentra vigente la violación denunciada. LIBRESE BOLETA DE NOTIFICACIÓN.