Definida la notoriedad judicial, esta juzgadora verificó por el sistema Juris 2000, que por ante el Juzgado tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, se encuentra el asunto signado con el N° KP02-V-2008-002961por motivo de RESPONSABILIDAD CRIANZA - CUSTODIA, y en fecha 30 de Septiembre de 2011, se dictó sentencia en dicha causa mediante la cual se declaro SIN LUGAR la demanda de Custodia interpuesta por el ciudadano OMAR ANTONIO MARCHAN contra la ciudadana ESTHER REBECA RIVERO RAMIREZ, supra identificados, exponiend la juzgadora: "declarar sin lugar la solicitud de custodia interpuesta por el padre biológico ciudadano OMAR ANTONIO MARCHAN, de conformidad con lo establecido en el articulo 360 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia la niña LIXNEL MARCHAN, deberá retornar al hogar y domicilio de la ciudadana ESTH.....