Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos ELAINE JOSE SILVA HERRERA y EDUARDO PEROZO CARDENAS, plenamente identificados, desde el día 10 de Abril del 2008, según consta de la copia del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 149, tomo I, del año 2008, en el libro de matrimonio llevado por ante la oficina del Registro Civil de la Parroquia San José, del Municipio Valencia del Estado Carabobo.-
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayo.....