AL numeral SEGUNDO: ¿¿Señalar la dirección exacta de la empresa donde se va a efectuar la notificación..¿
En cuanto a este punto señalo una dirección muy distinta a la indicada en el libelo de la demanda,¿ esta ubicada en la carretera Mariara Maracay, galpón Nº 15, Municipio Diego Ibarra, Mariara Estado Carabobo¿, por lo que mal puede solicitar la notificación de la demanda en, Calle Páez Nº 53, entre calle 5 de Julio y calle sucre Maracay Estado Aragua, porque según su dicho, uno de los socios es propietario de una empresa denominada NEVOCAR Y FD, y es por eso que solicita se notifique en esa dirección, pero es advertir que la notificación no se puede realizar en una dirección distinta a donde esta el asiento de la Demandada.
Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, advirtiéndole.....