III
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE la prueba de informes peticionada por el abogado RICHARD GONZALEZ M., en su carácter de apoderado de la parte demandada en el juicio de DIVORCIO que sigue LUIS ERENESTO SUAREZ BECERRA en contra de AMANTINA VALDEZ CARRASCO .
Regístrese y publíquese la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad Capital de la República, a los cuatro (04) días del mes de octubre de dos mil seis (2006).- Años 196° y 147°.
EL JUEZ
Dr. ALEXIS CABRERA ESPINOZA .....