Auto mediante el cual este Juzgado de Sustanciación declaró que la competencia para el conocimiento de la demanda de nulidad ejercida conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos y medida cautelar innominada por los abogados José Valentín González y Álvaro Guerrero Hardy, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Cabillas y Productos Siderúrgicos CAPROSI, C.A., (CAPROSI), contra el acto administrativo sin número, dictado en fecha 30 de julio de 2010, por la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy, corresponde a los Tribunales de Primera Instancia del Trabajo, en consecuencia, acordó remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo a los fines de que dicte la decisión a que haya lugar. 04