Es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara de oficio: PROCEDENTE la revisión de medida de coerción personal que actualmente pesa sobre el acusado EUDIS JOSE FIGUEROA COVA, venezolano, titular de la cedula de Identidad N° 21.398.358, de 19 años de edad, hijo de Sorelina Figueroa, residenciado en el Barrio Bolivariano, calle Nº 02, casa Nº 36, Cumaná Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en los artículos 244 y 264 del Código Orgánico Procesal penal, y decreta Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial de Libertad al mencionado acusado de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal penal consistentes en presentaciones cada cinco (05) días ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; todo ello de con.....