DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD A LOS IMPUTADOS: ERICK JOSE GOMEZ GOTOPO Titular de la cédula de identidad Nº 23.903.299, MARVIN WILMER FLORES MARTINEZ Titular de la cédula de identidad Nº 14.638.497, debiendo cumplir la medida impuesta en el INTERNADO JUDICIAL DE YARACUY, por encontrarse llenos lo extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el traslado de los imputados para el día 04 de octubre de 2012 a las 08:00a.m, hasta la MEDICATURA FORENSE así como sean trasladados al SERVICIO DE TRAUMATOLOGIA para el día 05 de octubre de 2012 a las 08:00a.m, hasta el HOSPITAL ANTONIO .....