DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expresadas, este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud realizada por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, y en consecuencia, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en virtud de la investigación iniciada por la presunta comisión en uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, como lo es el delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el artículo 452 numeral 8 del Código Penal, donde figura como víctima el Conjunto Residencial Superbloques; por haber operado la prescripción de la acción penal, de conformidad con los artículos 615 y 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Or.....