Ahora bien, de la revisión exhaustiva de los documentos aportados a la solicitud, mediante diligencia de fecha 27 de octubre de 2011, suscrita por la ciudadana AMITA TORRES BLANCO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.939.203. asistida por la Abogada Lilia Antonia Castillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.246, específicamente del acta de defunción del ciudadano GUSTAVO SANOJA TORRES, supra identificado, expedida por la Alcaldía del Municipio Chacao en fecha 23/8/2011, la cual quedó asentada bajo el N° 116 de los libros de defunciones del año 2011, copia simple del acta de matrimonio N° 394 de los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO SANOJA y BELKYS YAMELIN BRICEÑO, ésta última, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.351.502, emitida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador del Distrito Capital, registrada en los libros de matrimonios en fecha 10/10/1989, partida de nacimiento de la.....